Nota 2: El Tratado de 1929 NO DICE donde está el Hito "Concordia", sólo indica que está en un punto "de la costa", pero si dice que la que debió definir su ubicación fue una comisión binacional de plenipotenciarios. Esos plenipotenciarios, cumpliendo lo mandatado por el Tratado de 1929 indicó que el primer punto de la frontera terrestre es el Hito Nº1 y explicitó que ese es el punto en "orilla del mar" y que a partir de él ordenadamente hacia el ORIENTE continúa la frontera señalizada por hitos. Esta aclaración va, porque el "tata" dice que UN ACTA no puede modificar el tratado... claro... pero UN ACTA si puede reemplazar a OTRA ACTA... un segundo concepto a tener en cuenta. El Hito "Concordia" -en el tratado de 1929- es UN CONCEPTO, NO UNA COSA específica, es el punto donde comienza la frontera terrestre entre Chile y Perú. Y de acuerdo a los documentos, en 1930, Chile y Perú -libremente- decidieron MOVER el punto donde comenzaba la frontera, ASI LO DICE LITERALMENTE EL ACTA DE 1930. Perú hasta el año 2001 reconocío esta situación, cuando el Congreso peruano emitió una ley que delimitaba el territorio de Tacna, declarando que tanto el territorio marítimo como terrestre de Tacna comienzan en el HITO Nº1. Recién el año 2007, producto de la delimitación chilena de la región de Arica-Parinacota, los peruanos "re-descubrieron" que ellos habían hecho su delimitación utilizando el mismo Hito Nº1... cosa que por supuesto, luego llamaron "un error"... vaya que se "equivocan" con frecuencia, ¿no? La demanda no será la excepción.
Embajador Hugo de Zela recuerda fallo
La afirmación del canciller de Chile, Mariano Fernández, en el sentido de que el límite entre Perú y Chile debe quedar colocado en el paralelo 18 °21” 03”, es decir, en el Hito 1 ubicado tierra adentro y no en el punto Concordia, 18° 21” 08”, tal como establece el Tratado de 1929, generó la reacción de especialistas peruanos.
El embajador Hugo de Zela recordó que el Tribunal Constitucional de Chile reconoció el 2007 la vigencia de la frontera terrestre fijada en el Tratado de 1929.
Mencionó que cuando el Gobierno Chileno decide crear la provincia Arica Parinacota, se estableció en la norma como límite terrestre peruano-chileno el Hito 1, lo cual objetó el Perú ante el entonces canciller Alejandro Foxley.
“Foxley decidió consultar al Tribunal Constitucional de su país el 23 de enero del 2007, y el tribunal chileno sentenció que no podía ser considerado como punto de partida el Hito 1 señalado en esa ley. Se suprimió el artículo y la ley fue promulgada por Bachelet”, señaló a la agencia Andina. De Zela recordó que el Tratado de 1929 y su protocolo complementario fijaron como punto de frontera terrestre el punto Concordia u orilla del mar.
“Pero al momento de aplicarse en el terreno lo dispuesto en el tratado, se comprobó, mediante una comisión mixta peruano-chilena formada en 1930, que el hito podía ser erosionado por el continuo oleaje del Océano Pacífico”.
La comisión optó por correr el hito 180 metros tierra adentro, y salvarlo así del embate de las olas. Sin embargo, la decisión de la comisión no alteraba en lo absoluto el texto del Tratado de 1929.
Artículo original