Artículos Destacados

Mostrando las entradas con la etiqueta concordia. Mostrar todas las entradas
Mostrando las entradas con la etiqueta concordia. Mostrar todas las entradas

lunes, mayo 11, 2009

Ministro Fernández resalta coincidencias con declaración de ex cancilleres y agradece gesto

El ministro de RR.EE. aclaró que el texto no es un documento oficial y que no fue avalado por su cartera, pero reconoció que los ex secretarios de Estado solicitaron información y que la Cancillería colaboró entregando lo que estimó conveniente.

SANTIAGO.- Como un documento serio y nítido que refleja la solidez de los argumentos nacionales, calificó el ministro de RR.EE., Mariano Fernández, la declaración firmada por nueve ex cancilleres chilenos publicada ayer, en el que se deja claro que el límite marítimo entre Chile y Perú está definido por los tratados de 1952 y 1954.

“Estamos muy contentos de que el documento coincida con la política de la Cancillería y del gobierno”, señaló el secretario de Estado, quien además reconoció que los ministros solicitaron información para elaborar su documento y “la Cancillería les entregó toda la información que estimó conveniente”.

El secretario de Estado destacó además que el texto da cuenta de la “unidad de criterio que existe entre los principales representantes de Chile frente al caso de la pretensión peruana de modificación de límite marítimo” y muestra que en materias de política exterior “hay una política de Estado real”.

No obstante, Fernández aclaró que la posición oficial del gobierno se va a reflejar en los escritos que se entreguen a la Corte de Justicia de La Haya. “El interés nuestro es que quede muy nítido, frente a la corte que el límite marítimo está en el paralelo 18, 21 minutos, 3 segundos como ha sido siempre y por lo tanto esta publicación la respetamos, nos parece espléndida, pero nosotros oficialmente no vamos a producir documentos porque no nos parece adecuado”, precisó.

Frente a la consulta de si el documento no es parte de la estrategia comunicacional del gobierno para dar a conocer su postura, el canciller insistió en que la publicación corresponde a una opinión independiente que en ningún caso fue visada por su cartera.

“Ellos decidieron presentan un documento, hicieron consultas sobre determinados temas y nosotros les contestamos. Después de publicado, tengo que decir que el gobierno está muy agradecido de que este amplio abanico de personalidades tan importantes para Chile produzcan un documento que coincide con lo que nosotros estamos pensando”, enfatizó.

El texto ayer fue criticado por el ministro de RR.EE. del vecino país, José Antonio García Belaúnde, quien manifestó su sorpresa y rechazo a la afirmación de los ex cancilleres respecto a que Hito 1 y no el Punto de la Concordia sea el inicio del límite terreste . A su juicio, esto implica "desconocer el Tratado de 1929 y la documentación de la Comisión Mixta demarcadora de 1930" (nota: documentos de la Marina de Guerra del Perú reconocen el Hito Nº1 como el "Punto Concordia", leyes peruanas tan recientes como 2001 reconocen el Hito Nº1 como el "Punto Concordia").

Encuentro con García Belaúnde

Respecto a la posibilidad de que se reúna con su par peruano en el viaje que esta tarde inicia a la República Checa –donde se celebrará una reunión cumbre de los cancilleres de la Unión Europea y el Grupo de Río- Fernández indicó que dicho encuentro no está agendado y aunque probablemente coincidan en alguna plenaria, no habría mucho tiempo para fijar un cita.

“Si me encuentro al canciller del Perú, lo voy a saludar, pero no hemos fijado ninguna reunión, ni yo he solicitado ninguna y él tampoco”, declaró.

Artículo original

domingo, mayo 10, 2009

Documentos de la Marina de Guerra peruana reconocen el Hito Nº1 como el "Punto Concordia"

- Relacionado: Ley peruana de delimitación de Tacna de 2001, muestra también que Hito Nº1 es el "Punto Concordia"

Este no es cualquier documento. Es el documento oficial del gobierno y la marina peruana, en que se indica a los buques como deben navegar las aguas peruanas.









Basta leer el tratado de límites de 1929 y el acta demarcatoria de 1930 para ver claramente que el HITO Nº1 es lo mismo que el "PUNTO CONCORDIA".

El tratado de 1929 NO ESPECIFICA LA UBICACION DEL "PUNTO CONCORDIA", sólo indica generalidades respecto a su ubicación y delega su señalamiento a la comisión de plenipotenciarios de 1930, quienes EXPLICITARON que el Hito Nº1 es el punto en "ORILLA DEL MAR", y donde comienza la frontera terrestre de ambos países.

Además, el tratado de 1929 dice que la Frontera está fijada y señalada POR HITOS, y el punto reclamado por Perú, NO APARECE NI SIQUIERA EN LOS MAPAS USADOS POR PERU PARA APOYAR SU RECLAMACION (sólo indican una línea, pero el punto de intersección con el mar no tiene nombre ni ningún dato anexo):

Tratado de Límites de 1929

Artículo 2º. El territorio de Tacna y Arica será dividido en dos partes, Tacna para el Perú y Arica para Chile. La línea divisoria entre dichas dos partes, y, en consecuencia, la frontera entre los territorios de Chile y el Perú, partirá de un punto de la costa que se denominará "Concordia", distante diez kilómetros al norte del puente del Río Lluta, para seguir hacia el oriente paralela a la vía de la sección chilena del ferrocarril ...

Artículo 3º. La línea fronteriza a que se refiere el inciso primero del artículo 2º, será fijada y señalada en el territorio con hitos, por una comisión mixta compuesta de un miembro designado por cada uno de los Gobiernos signatarios, los que costearán, por mitad, los gastos comunes que esta operación requiera. Si se produjera algún desacuerdo en la comisión, será resuelto con el voto dirimente de un tercer miembro designado por el Presidente de los Estados Unidos de América, cuyo fallo será inapelable.

Además, el propio artículo 3º señala que de existir algún desacuerdo sobre la delimitación, el reclamante podía pedir un arbitro al presidente de los EEUU. Perú no ha solicitado tal arbitro en 80 años. ¿Queda alguna duda sobre que Perú aceptó libremente la delimitación terrestre actual?

Sustentación peruana: Abajo, el mapa de los delegados plenipotenciarios que fijaron la frontera terrestre en 1930. Perú señala una línea en el dibujo, pero ¿Donde está el punto o hito que toca el mar según Perú? (no aparece en el mapa) ¿cuales son sus coordenadas? (no son declarada en ningún documento, ni en el mapa) ¿donde está el nombre del "Punto Concordia" para ese punto? (no aparece) ¿por qué no aparece un hito adyacente al mar, si según el tratado, la frontera está fijada y delimitada por hitos? Todos los demás hitos aparecen con datos precisos de su ubicación geográfica ¿Por qué Perú sólo hace referencia al dibujo y no a los documentos escritos que acompañan el acta de 1930, que explícitamente indican que el Hito Nº1 es el comienzo de la frontera terrestre y que es el punto ubicado en "orilla del mar". Según los peruanos sólo se movió físicamente el hito, pues era destruido por el mar, pero indican que el punto válido es el que llega al mar. Si es así, ¿por qué los plenipotenciarios no dejaron el hito próximo al mar en el mapa? ¿acaso el mar también destruye los hitos de los mapas?:


Si queda alguna duda sobre el escaso valor de esa línea, aquí está la definición de "Tratado" de la Convención de Viena sobre el derecho de los tratados. El derecho internacional se basa en esta convención:

PARTE I

Introducción.

1. Alcance de la presente Convención.

La presente Convención se aplica a los tratados entre Estados.

2. Términos empleados. 1. Para los efectos de la presente Convención:

a) se entiende por "tratado" un acuerdo internacional celebrado por escrito entre Estados y regido por el derecho internacional, ya conste en un instrumento único o en dos o más instrumentos conexos y cualquiera que sea su denominación particular;

Por escrito significa... LETRAS, no dibujos. ¿Por qué? Simple, porque es más dificil comenter un ERROR INVOLUNTARIO con palabras que con líneas, como demuestra este mismo DIBUJO, usado por Perú para sustentar su reciente desconocimiento de los límites terrestres con Chile.

Además, demuestra -una vez más- el absurdo argumento (ni siquiera usado por el gobierno del Perú, sino por sus periodistas y opinólogos antichilenos) sobre que los documentos firmados por Perú, Chile y Ecuador no son Tratados, por llamarse Declaración o Convenio.

- Relacionado: Embajador de Ecuador afirma que documentos son Tratados Internacionales de Límites y que están plenamente vigentes. El gobierno peruano no negó ni refutó los dichos del embajador.

Canciller peruano Manuel Rodriguez Cuadros: SON TRATADOS Y FUERON RATIFICADOS POR LOS CONGRESOS DE AMBOS PAISES

viernes, abril 10, 2009

Perú: TC de Chile reconoció en el 2007 vigencia de los límites con el Perú

Nota: El Hito Nº1 y el "Punto Concordia" SON LO MISMO, incluso para la Marina de Guerra del Perú (click en el enlace para ver publicación peruana). Por eso, a Chile le da lo mismo llamarlo con uno u otro nombre. Les sugiero mirar este video donde el "experto" del gobierno peruano (forma parte de la comisión asesora que lleva la demanda) dice que los documentos firmados con Chile, para ser tratados, debieron ser ratificados por los Congresos de ambos países... y como "no fue así", no son tratados. Luego aparece el ex Canciller peruano -Rodriguez Cuadros- diciendo que EFECTIVAMENTE FUERON RATIFICADOS por los Congresos y por ambos gobiernos, y que por lo tanto, SI SON TRATADOS vigentes.... sólo para que se vayan haciendo una idea del estados senil del "asesor" (ya peruanos, sean buenos chicos y vayan a cambiarle los pañales al abuelito).

Nota 2: El Tratado de 1929 NO DICE donde está el Hito "Concordia", sólo indica que está en un punto "de la costa", pero si dice que la que debió definir su ubicación fue una comisión binacional de plenipotenciarios. Esos plenipotenciarios, cumpliendo lo mandatado por el Tratado de 1929 indicó que el primer punto de la frontera terrestre es el Hito Nº1 y explicitó que ese es el punto en "orilla del mar" y que a partir de él ordenadamente hacia el ORIENTE continúa la frontera señalizada por hitos. Esta aclaración va, porque el "tata" dice que UN ACTA no puede modificar el tratado... claro... pero UN ACTA si puede reemplazar a OTRA ACTA... un segundo concepto a tener en cuenta. El Hito "Concordia" -en el tratado de 1929- es UN CONCEPTO, NO UNA COSA específica, es el punto donde comienza la frontera terrestre entre Chile y Perú. Y de acuerdo a los documentos, en 1930, Chile y Perú -libremente- decidieron MOVER el punto donde comenzaba la frontera, ASI LO DICE LITERALMENTE EL ACTA DE 1930. Perú hasta el año 2001 reconocío esta situación, cuando el Congreso peruano emitió una ley que delimitaba el territorio de Tacna, declarando que tanto el territorio marítimo como terrestre de Tacna comienzan en el HITO Nº1. Recién el año 2007, producto de la delimitación chilena de la región de Arica-Parinacota, los peruanos "re-descubrieron" que ellos habían hecho su delimitación utilizando el mismo Hito Nº1... cosa que por supuesto, luego llamaron "un error"... vaya que se "equivocan" con frecuencia, ¿no? La demanda no será la excepción.




Embajador Hugo de Zela recuerda fallo

La afirmación del canciller de Chile, Mariano Fernández, en el sentido de que el límite entre Perú y Chile debe quedar colocado en el paralelo 18 °21” 03”, es decir, en el Hito 1 ubicado tierra adentro y no en el punto Concordia, 18° 21” 08”, tal como establece el Tratado de 1929, generó la reacción de especialistas peruanos.

El embajador Hugo de Zela recordó que el Tribunal Constitucional de Chile reconoció el 2007 la vigencia de la frontera terrestre fijada en el Tratado de 1929.

Mencionó que cuando el Gobierno Chileno decide crear la provincia Arica Parinacota, se estableció en la norma como límite terrestre peruano-chileno el Hito 1, lo cual objetó el Perú ante el entonces canciller Alejandro Foxley.

“Foxley decidió consultar al Tribunal Constitucional de su país el 23 de enero del 2007, y el tribunal chileno sentenció que no podía ser considerado como punto de partida el Hito 1 señalado en esa ley. Se suprimió el artículo y la ley fue promulgada por Bachelet”, señaló a la agencia Andina. De Zela recordó que el Tratado de 1929 y su protocolo complementario fijaron como punto de frontera terrestre el punto Concordia u orilla del mar.

“Pero al momento de aplicarse en el terreno lo dispuesto en el tratado, se comprobó, mediante una comisión mixta peruano-chilena formada en 1930, que el hito podía ser erosionado por el continuo oleaje del Océano Pacífico”.

La comisión optó por correr el hito 180 metros tierra adentro, y salvarlo así del embate de las olas. Sin embargo, la decisión de la comisión no alteraba en lo absoluto el texto del Tratado de 1929.



Artículo original

viernes, febrero 20, 2009

Perú busca revisar frontera terrestre con Chile en su demanda en La Haya

Según académico Hernán Salinas: El experto en Derecho Internacional cree que este intento complica el litigio, pues Lima pretende alterar un tratado que es intangible.

El abogado experto en Derecho Internacional, Hernán Salinas, es uno de los académicos que trabajaron en el documento "Chile y Perú: límite marítimo", publicado ayer por este diario.

Es director del Departamento de Derecho Internacional de la Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Católica de Chile y profesor de Derecho Internacional de la misma casa de estudios superiores y de las universidades de Chile y Los Andes.

"Este documento tiene por objeto contribuir a divulgar de una manera didáctica en la opinión pública, la sólida posición que tiene Chile en este caso ante la Corte Internacional de Justicia", explica.

-Hay opiniones que señalan que los acuerdos de 1952 y 1954 "son poco claros", ¿concuerda con ellas?

"No. Creo que está claro que desde el año 1947 las partes han reconocido como límite marítimo el paralelo. ¿Por qué digo del año 1947? Porque desde ese año, tanto Chile como Perú, conjuntamente con reclamar derecho de soberanía y jurisdicción sobre un espacio marítimo de una distancia de 200 millas, establecieron un límite adyacente en el paralelo con sus vecinos. Y este límite fue confirmado en los tratados de 1952 y 1954 que incluyeron, en este caso, a Ecuador. Entonces, existe un acuerdo entre las partes que tiene un sólido fundamento jurídico en la existencia de un paralelo como límite, que separa las respectivas zonas marítimas de cada Estado".

-¿En el Derecho Internacional, puede un país desconocer un acuerdo o un tratado respecto de un Estado y reconocerlo como válido para el tercer firmante? Se lo pregunto porque Perú sí acepta los acuerdos de 1952 y 1954 como delimitación fronteriza marítima con Ecuador, pero no con Chile.

"El tenor de las declaraciones de 1947, como los tratados de 1952 y 1954, indica claramente que es un límite marítimo que no divide y que comprende toda la zona marítima. Si usted revisa esos tratados, queda muy claro que ambos instrumentos se convinieron sobre la base de la existencia del paralelo como límite marítimo. Por lo tanto, no hubo ninguna distinción ni ningún antecedente que permita diferenciar que es límite entre Perú y Ecuador, y no así entre Perú y Chile".

-¿Cree usted que en esta demanda ante la Corte de La Haya, Perú también tenga intenciones de que se revisen los límites de la frontera terrestre?

"Perú lo levantó ya en su solicitud, cuando habla de que la delimitación debe comenzar en un punto de la costa denominado Concordia, punto terminal de la frontera terrestre establecido conforme al Tratado y Protocolo complementario para resolver la cuestión de Tacna y Arica, conocido como 'Tratado de Lima'. Y además establece las coordenadas que ellos fijaron unilateralmente el año 2005".

-¿Eso complica aún más el proceso que debe abrir La Haya?

"Claro, porque plantea un punto que es delimitación terrestre y que está resuelto por el tratado de 1929 y su instrumento complementario, que fue el Acta de Demarcación de Frontera".

-¿La Corte puede declararse incompetente al tocar Perú un tratado histórico que, de acuerdo con el derecho internacional, es intangible?

"Chile tiene tres meses, a partir de la presentación de la memoria peruana, para presentar excepciones preliminares. Chile tendrá que estudiar la oportunidad de hacerlo, de conformidad al derecho internacional, a lo que Perú plantée y al reglamento de la propia Corte. Esa decisión tiene que ser producto de un estudio desde la perspectiva de una política de Estado".

-¿La Cancillería actuó con lentitud para organizar la defensa chilena?

"No. Creo que hay un trabajo sólido y todo un equipo organizado que está colaborando en la defensa".

Artículo original
ACLARACION: Este blog no es antiperuano ni nacionalista chileno. Este blog simplemente recopila y (a veces) comenta sobre artículos recopilados en la prensa nacional y mundial y que involucran a Chile. Si parece "cargado" hacia Perú, simplemente, es resultado de la publicación constante -y obsesiva- en ese país de artículos en que se relaciona a Chile. Así también, como ejemplo opuesto, no aparecen articulos argentinos, simplemente, porque en ese país no se publican notas frecuentes respecto Chile. Este blog también publica -de vez en cuando- artículos (peruanos o de medios internacionales) para desmitificar ciertas creencias peruanas -promovidas por medios de comunicación y políticos populistas de ese país- sobre que Perú ha superado el desarrollo chileno, lo que es usado en ese país para asegurar que Chile envidia a Perú y que por eso buscaría perjudicarlo. Es decir, se usa el mito de la superación peruana y la envidia, para incitar el odio antichileno en Perú.