Invitados por la Asociación Nacional de Avisadores y Sargent & Krahn, importantes personeros ligados al mundo legal, de la judicatura y de los proveedores de contenidos de internet se congregaron en el seminario “Propiedad Intelectual: Entendiendo el nuevo marco legal”, ocasión donde se analizó una de las reformas más importantes de la Ley de Propiedad Intelectual en los últimos 40 años.
Esta modificación representa avances y soluciones, pero también problemas y desafíos en materias como el combate a la piratería, la responsabilidad de los proveedores de los servicios en internet, el establecimiento de sanciones al derecho de autor y la posibilidad de cuestionar las tarifas que se cobran por el uso de las obras.
El principal motivo de esta modificación a la Ley de Propiedad Intelectual (Ley 20.435, que modifica a la Ley 17.336) fue el compromiso de regular la responsabilidad de los prestadores de servicios en internet contraído en el Tratado de Libre Comercio con Estados Unidos, y el convencimiento interno y de parte de la comunidad internacional respecto de las insuficientes herramientas y sanciones para controlar el fenómeno de la piratería en nuestro país. Esta modificación fue aprobada después de tres años de discusión en el Parlamento y es considerada como la más importante de las últimas cuatro décadas.
Pedro Less, gerente senior de Asuntos Gubernamentales y Políticas Públicas para Latinoamérica de Google, afirmó que el escenario que propone la modificación a este cuerpo legal permite que Chile sea hoy “un mejor lugar para desarrollar negocios por internet”, ya que es la primera legislación en Latinoamérica en establecer usos justos y razonables, así como limitación de responsabilidades para los intermediarios de la web. Lo anterior significa que se acrecienta el uso limitado de material bajo protección de derechos de autor, sin requerir permisos a los tenedores de estos derechos.
Según Less, el adecuado manejo legislativo en la redacción y aprobación de estas modificaciones, no siendo un trabajo completo, permite que la protección de la propiedad intelectual en el país esté siendo mirada atentamente por países como India, Brasil y Canadá, donde ya se iniciaron labores de legislación comparada.
EXCEPCIONES
En la jornada participó el abogado y profesor de las Universidades Católica y de Chile, Rodrigo Lavados, quien hizo una síntesis sobre el nuevo marco legal, sus desafíos y problemas. De acuerdo a Lavados, Chile es uno de los primeros países en abordar materias ligadas a la piratería, modificando la ley para que el infractor deba enfrentar multas de hasta $ 70 millones, unas 20 veces más que en el cuerpo legal previo. “Lo importante también es que se combate de manera más profunda la asociación para delinquir, aún cuando no se configure la asociación ilícita”.
El abogado Lavados hizo hincapié en las excepciones que presenta esta modificación legal, que otorga beneficios a personas discapacitadas, bibliotecas y archivos, venta de equipos, actualizaciones judiciales y administrativas y parodias. “Esta modificación legal no es el esfuerzo de sistematización y adecuación de la Ley de Propiedad Intelectual que muchos esperaban, ya que todavía existen aspectos mejorables que no fueron incluidos ni revisados en esta oportunidad, pero sin duda es uno de los avances más relevantes en la ley desde su dictación en 1970”, señaló Lavados.
Por su parte, Manuel Zárate, subdirector de la Unidad de Lavado de Dinero, Delitos Económicos y Crimen Organizado del Ministerio Público, realizó un exhaustivo análisis de los aspectos judiciales de esta modificación legal, que a su juicio significa “una apuesta por hacer más caro el delito”. De acuerdo a Zárate, en la nueva legislación para el delito de piratería (artículo 81) el legislador entiende que el proveedor de piratería debe ser gravado más fuertemente. En este sentido, las multas se elevan por hasta 800 UTM se fortalecen las penas para quienes monten infraestructura de piratería y las reglas de reincidencia se aplicarán con penas máximas según estipule la ley.
De acuerdo a Zárate, desde la aplicación total de la Reforma Procesal Penal en el país han sido definidas más de 13 mil sentencias condenatorias por delitos a la propiedad intelectual, con más de 34 mil delitos ingresados, “lo que entendemos como un esfuerzo legislativo importante, aunque no completo, por lo que estamos expectantes para ver cómo tomará la judicatura, por ejemplo, el tema de las multas”.
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ACLARACION: Este blog no es antiperuano ni nacionalista chileno. Este blog simplemente recopila y (a veces) comenta sobre artículos recopilados en la prensa nacional y mundial y que involucran a Chile. Si parece "cargado" hacia Perú, simplemente, es resultado de la publicación constante -y obsesiva- en ese país de artículos en que se relaciona a Chile. Así también, como ejemplo opuesto, no aparecen articulos argentinos, simplemente, porque en ese país no se publican notas frecuentes respecto Chile. Este blog también publica -de vez en cuando- artículos (peruanos o de medios internacionales) para desmitificar ciertas creencias peruanas -promovidas por medios de comunicación y políticos populistas de ese país- sobre que Perú ha superado el desarrollo chileno, lo que es usado en ese país para asegurar que Chile envidia a Perú y que por eso buscaría perjudicarlo. Es decir, se usa el mito de la superación peruana y la envidia, para incitar el odio antichileno en Perú.
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