Una periodista europea me preguntó ayer cómo se explica que el pueblo peruano haya reelegido a un presidente que en su primer período se demostró corrupto e inepto. Mi respuesta fue amplia. En otro momento la sintetizaré. Pero ayer mismo, el presidente Alan García demostró que es hombre de una sola línea: sigue siendo fiel a su pasado.
Como decían en mi tiempo: “el que nació para gordo, aunque lo fajen de chico”.
Todos sus planteamientos sobre el perro del hortelano, que propician el despojo de las comunidades andinas y de la selva, tienden a favorecer a grandes inversionistas. En esta columna indiqué hace meses que uno de los que aspiran a ese negociazo es el banquero Dionisio Romero.
¿Alguien va a creer que el proyecto de García, traducido luego en Decretos Legislativos, es gratuito?
Ayer, García publicó un comunicado en que se refleja el otro rasgo de su personalidad: la enorme capacidad de mentir.
Dice el documento presidencial: “El Decreto Legislativo Nº 1015 establece que cada comunidad campesina que lo decide, con el voto de más del 51% de sus mienbros (sic), podrá alquilar, hipotecar, parcelar, etcétera sus tierras”.
Falso de toda falsedad.
El 20 de mayo del 2008, mediante el Decreto Legislativo 1015, el gobierno modificó el artículo 10 de la Ley 26505 para establecer en el inciso b del artículo modificado:
“Para la adquisición en propiedad por parte de miembros de la comunidad no posesionarios o de terceros, así como para gravar, arrendar o ejercer cualquier acto de disposición sobre las tierras comunales, se requerirá el voto a favor de no menos del 50 por ciento de los miembros asistentes a la asamblea instalada con el quórum correspondiente”.
Queda claro que el Decreto Legislativo 1015 no habla de 51%, sino de 50%. Y que, además, para decidir sobre las tierras, es decir, la vida de los comuneros, pueden participar “comuneros” no posesionarios o incluso terceros, o sea posibles inversionistas.
Una disposición de ese tipo no la aceptaría ninguna sociedad mercantil. Pregúntenle, si no, a Dionisio Romero, cuántas maniobras le costó asumir el control del Banco de Crédito.
Cuando llovieron las críticas contra el 1015, el régimen introdujo, a través del Decreto Legislativo 1073, una modificación, que no cambiaba nada sustancial. Expresa el 1073:
“Para la adquisición en propiedad por parte de miembros de la comunidad no posesionarios o de terceros, así como para gravar, arrendar o ejercer cualquier acto de dominio sobre las tierras comunales, se requerirá el voto a favor de no menos del 50 por ciento de los comuneros posesionarios con más de un año” (¿de edad?).
García no tiene quién le crea. Salvo los adulones. El Congreso de la República tiene hoy la posibilidad de librarse de ese estigma.
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ACLARACION: Este blog no es antiperuano ni nacionalista chileno. Este blog simplemente recopila y (a veces) comenta sobre artículos recopilados en la prensa nacional y mundial y que involucran a Chile. Si parece "cargado" hacia Perú, simplemente, es resultado de la publicación constante -y obsesiva- en ese país de artículos en que se relaciona a Chile. Así también, como ejemplo opuesto, no aparecen articulos argentinos, simplemente, porque en ese país no se publican notas frecuentes respecto Chile. Este blog también publica -de vez en cuando- artículos (peruanos o de medios internacionales) para desmitificar ciertas creencias peruanas -promovidas por medios de comunicación y políticos populistas de ese país- sobre que Perú ha superado el desarrollo chileno, lo que es usado en ese país para asegurar que Chile envidia a Perú y que por eso buscaría perjudicarlo. Es decir, se usa el mito de la superación peruana y la envidia, para incitar el odio antichileno en Perú.
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