Después de tres años de investigación el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia determinó que las tres principales cadenas del país se coludieron para fijar precios. Farmacias Ahumada quedó excluída de la multa por un acuerdo alcanzado previamente.
El Tribunal de Defensa de La Libre Competencia determinó que SalcoBrand, Cruz Verde y Fasa se coludieron para fijar precios en el mercado de distribución de medicamentos y sancionó a las dos primeras con la máxima multa de 20.000 UTA (equivalente a unos US$19 millones) cada una.
Cabe recordar que Farmacias Ahumada quedó libre del pago del multas ya que marzo de 2009 llegó a una acuerdo con la Fiscalía Nacional Económica que la exculpó del juicio tras el pago de US$1 millón.
La sentencia tuvo por acreditada, mas allá de toda duda razonable, la existencia de una colusión entre éstas cadenas y Farmacias Ahumada S.A., para alzar los precios de al menos 206 medicamentos, en el periodo comprendido entre diciembre de 2007 y marzo de 2008, ambos meses inclusive, señaló el Tribunal.
La sentencia estableció la existencia de este acuerdo ilícito mediante evidencia directa, relacionando la información contenida en correos electrónicos y declaraciones de ejecutivos de las cadenas de farmacias y de laboratorios involucrados, con la información de los movimientos efectivos de los precios a público de cada uno de los medicamentos indicados en el requerimiento, y con la información de las cotizaciones que regularmente cada cadena farmacéutica hace de los precios de su competencia, agregó.
Dicha evidencia permitió establecer que Salcobrand transmitió, por intermedio de ejecutivos de diversos laboratorios, su disposición a ser el primero en modificar al alza los precios de ciertos medicamentos, y luego las tres cadenas de farmacias coordinaron las fechas en que se producirían estas alzas en cada una de ellas.
De esta forma, las alzas de precios se realizaron –en su mayoría- siguiendo un patrón preestablecido, denominado “1-2-3”, en el que la primera alza era realizada por una cadena (casi siempre, Salcobrand) en el “día 1”, seguida por otra cadena en el día “2”, y concluyendo la última en el “día 3”, explicó el Tribunal en su sentencia.
Así, se acreditó que una de las cadenas comunicaba al laboratorio correspondiente la fecha en que incrementaría sus precios, para que lo transmitiera anticipadamente a las otras dos cadenas, y esperaba que le confirmaran que ellas también seguirían esa alza en los días acordados. Incluso, algunos correos electrónicos de ejecutivos de laboratorios dan cuenta de que éstos informaban a una farmacia en los casos en que otra tuvo alguna dificultad para implementar el alza de precios acordada, y les avisaba cuándo lo harían.
Además, fue corroborada por este Tribunal la existencia de un inusual monitoreo que cada farmacia hizo respecto de los precios de venta de la otra. Así, del análisis de los antecedentes sobre cotizaciones de precios presentados por FASA y Cruz Verde, en conjunto con la información sobre movimientos diarios de precios de cada medicamento en cada cadena, se acreditó que éstas realizaron dichas cotizaciones un día antes de que se produjera cada alza o en el mismo día en que cada una de ellas ocurrió, siguiendo este monitoreo de precios por varios días seguidos, para prácticamente todos los medicamentos analizados.
Este patrón de monitoreo fue mucho más intenso de lo acostumbrado, pues lo normal es que las requeridas coticen los precios de su competencia cada 7 o 15 días, y jamás en dos días seguidos. Estos monitoreos extraordinarios no se explican sin la existencia de un concierto o conspiración previos, que permitió a cada cadena conocer anticipadamente lo que harían sus competidores.
Entre los medicamentos materia de esta colusión se encuentran hipotensores, anticonceptivos orales, anticonvulsivantes, antidepresivos y antihistamínicos, y en cada una de las categorías de medicamentos analizadas las tres cadenas de farmacias poseen, en conjunto, una participación de mercado de entre 70% y 99%.
Para determinar el monto de la multa, el TDLC consideró la gravedad de la conducta ilícita –siendo la colusión la más grave de aquellas sancionadas en el D.L. N° 211- y que, en este caso afectó, en un mercado de singular importancia, a productos farmacéuticos destinados –en su gran mayoría- a tratar enfermedad crónicas, y con la aptitud de extender sus efectos a toda la categoría de productos farmacéuticos distribuidos por las cadenas de farmacias, ocasionando así un menoscabo directo a quienes los requieren para sus tratamientos.
La extensión del daño causado se consideró especialmente grave, pues involucró a casi la totalidad de la oferta, el significativo número de consumidores afectados en todo el país, y que el acuerdo probablemente se habría mantenido en el tiempo y extendido a otros medicamentos de no haberse iniciado la investigación de la FNE.
Adicionalmente, el Tribunal consideró el beneficio económico obtenido por las requeridas con motivo de esta colusión. Si bien las cadenas de farmacias se encontraban en una “guerra de precios”, la coordinación les permitió adelantar los incrementos de precios y evitar los costos de haber actuado en forma independiente.
No se consideró, para establecer el monto de la multa, el hecho de que tanto Cruz Verde como las antecesoras de Salcobrand -Comercial Salco S.A. y Farmacias Brand S.A.- habían sido condenadas por la H. Comisión Resolutiva, en el año 1995, por una conducta similar, atendido el largo tiempo transcurrido desde esa sanción y que no existen otras en el tiempo intermedio en esta sede.
El monto de la multa establecido en la sentencia -máximo posible de aplicar a cada una de las empresas sancionadas conforme a la ley vigente a la época de los hechos- alcanza, conjuntamente, a cerca de un 3,5% de las ventas totales de productos farmacéuticos de ambas empresas en el año 2007.
La sentencia podrá ser apelada ante la Corte Suprema si es que alguna de las partes no estuviera de acuerdo.
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ACLARACION: Este blog no es antiperuano ni nacionalista chileno. Este blog simplemente recopila y (a veces) comenta sobre artículos recopilados en la prensa nacional y mundial y que involucran a Chile. Si parece "cargado" hacia Perú, simplemente, es resultado de la publicación constante -y obsesiva- en ese país de artículos en que se relaciona a Chile. Así también, como ejemplo opuesto, no aparecen articulos argentinos, simplemente, porque en ese país no se publican notas frecuentes respecto Chile. Este blog también publica -de vez en cuando- artículos (peruanos o de medios internacionales) para desmitificar ciertas creencias peruanas -promovidas por medios de comunicación y políticos populistas de ese país- sobre que Perú ha superado el desarrollo chileno, lo que es usado en ese país para asegurar que Chile envidia a Perú y que por eso buscaría perjudicarlo. Es decir, se usa el mito de la superación peruana y la envidia, para incitar el odio antichileno en Perú.
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ResponderBorrarChilenos unanse hagamos cagar el turismo peruano!
PUEDE ESTAR MAS CAGADO EL PERU?
ResponderBorrarDIGO ESTA LLENO DE PERUANOS, ESO YA ES MUCHO
Y el " MONO " accionista de FASA ? ( Farmacias Ahumada )....creo que ahora se las da de Presidente de la Republica...! SI SOMOS TAN WEONES LOS CHILENOS ! conocemos todas las posiciones del KAMASUTRA para que los flaytes que se las dan de politicos , nos la " manden a guardar " y sin decir ni pio !
ResponderBorrarDEBE SER TRISTE SER PERUANO...
BorrarPeruano ?? ya no te resulta facho y la CTM !! tergiversar , lo unico que saben estos momios derechistas !
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