Tomado de diario La Razón, La Paz - Bolivia
En estos momentos en que hay un buen entendimiento entre los gobiernos de Bolivia y Chile para tratar la cuestión marítima nacional, en forma bilateral y reservada, están surgiendo nuevamente opiniones encaminadas a buscar la revisión del Tratado de Paz de 1904. Algunas de ellas hasta hablan de llevar el tema de la revisión al Tribunal Permanente de Arbitraje de La Haya, (TPA), porque según el Protocolo de 16 de abril de 1907, los dos países designaron a dicho tribunal como árbitro de las cuestiones que llegasen a suscitarse con motivo de la ejecución o interpretación del Tratado de Paz.
Cabe señalar primeramente, que el TPA es un tribunal que existe de nombre pero no en la práctica. En verdad lo único que hay es una Secretaría y una lista de jueces. Los Estados en conflicto que decidieran llevar un caso al TPA, deberán elegir, cada uno de ellos, a dos jueces de la mencionada lista, y entre los cuatro a un quinto juez que será el presidente del tribunal. Es necesario no confundir al TPA con la Corte Internacional de Justicia que es un verdadero tribunal y que también tiene como sede a La Haya.
Ahora bien, una política encaminada a la revisión de los tratados es inadecuada porque la base del entendimiento entre los Estados está sustentada en el principio de que los tratados son revisables sólo si existe acuerdo entre las partes. El Derecho Internacional determina claramente que una revisión de tratados se puede efectuar bajo esa condición. (Art. 39 de la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados).
Pero es menester recordar que Chile ha manifestado a lo largo de todo el siglo veinte su absoluto rechazo a ese procedimiento. En consecuencia, la política de exigir la revisión del Tratado de 1904 sólo ha servido y servirá para remachar nuestro enclaustramiento geográfico.
Durante los años veinte del siglo pasado, nuestro país se esmeró con desafortunado resultado, en obligar a Chile a revisar dicho tratado. Pero antes de hacer referencia a esta política, se debe destacar que el 10 de enero de 1920, mediante una negociación directa, Bolivia y Chile llegaron a firmar un Acta Protocolizada en que se expresaba que “Chile está dispuesto a procurar que Bolivia adquiera una salida propia al mar, cediéndole una parte importante de esa zona al norte de Arica y de la línea del ferrocarril que se halla dentro de los territorios sometidos al plebiscito estipulado en Ancón”.
Lamentablemente, la revolución del 12 de julio de 1920 estableció un cambio drástico en la dirección de la política internacional del país. El partido Republicano que subió al poder mediante esa revolución, opuso a la política denominada “practicista” —entendimiento directo con Chile—, la idea de “reivindicación” por medio del derecho positivo.
De acuerdo con esta orientación, la Cancillería republicana dirigió sus actividades en pro de buscar la revisión del Tratado de 1904. Pero como era de esperar, esta posición legalista fue rechazada por Chile, y el Acta Protocolizada arriba mencionada quedó sepultada.
Consecuente con la nueva política, Bolivia presentó formalmente a la recién creada Sociedad de Naciones, su demanda de revisión del Tratado, el 1 de noviembre de 1920. La asamblea de la entidad estudió el caso en el siguiente año de 1921, y propuso el nombramiento de una comisión de tres juristas que dictaminasen sobre el caso. El informe de la citada comisión, presentado en fecha 21 de septiembre de 1921, resolvió que “tal como ha sido presentada la demanda de Bolivia es inadmisible, pues la Asamblea de la Sociedad de Naciones no puede modificar por sí misma ningún tratado; la modificación de los tratados es de la sola competencia de los Estados contratantes”.
¿Qué obtuvo Bolivia con esa obstinada política reivindicatoria? Solamente impedir que el Acta Protocolizada se transformara en un debido tratado y, peor aun, quedar totalmente marginada de la cuestión de Tacna y Arica, la cual se zanjó con la repartición de esos territorios entre Chile y Perú.
La única vía realista para alcanzar el mar es pues el ingreso a conversaciones directas y amistosas con Chile, tal como se efectuó en las tres principales negociaciones llevadas a cabo en la segunda mitad del siglo veinte: 1950, 1975 y 1987; oportunidades en que, al margen del Tratado de 1904, se negoció la concesión de una libre y soberana salida al mar por el norte de Arica.
*Ramiro Prudencio Lizón
es diplomático e historiador.
Suscribirse a:
Comentarios de la entrada (Atom)
ACLARACION: Este blog no es antiperuano ni nacionalista chileno. Este blog simplemente recopila y (a veces) comenta sobre artículos recopilados en la prensa nacional y mundial y que involucran a Chile. Si parece "cargado" hacia Perú, simplemente, es resultado de la publicación constante -y obsesiva- en ese país de artículos en que se relaciona a Chile. Así también, como ejemplo opuesto, no aparecen articulos argentinos, simplemente, porque en ese país no se publican notas frecuentes respecto Chile. Este blog también publica -de vez en cuando- artículos (peruanos o de medios internacionales) para desmitificar ciertas creencias peruanas -promovidas por medios de comunicación y políticos populistas de ese país- sobre que Perú ha superado el desarrollo chileno, lo que es usado en ese país para asegurar que Chile envidia a Perú y que por eso buscaría perjudicarlo. Es decir, se usa el mito de la superación peruana y la envidia, para incitar el odio antichileno en Perú.
cuantas veces bolivia planteo la revision del tratado de 1904?
ResponderBorrar