Nota: Así de "organizado" está Perú para su demanda ante La Haya. Presentaron la demanda SIN LA FIRMA DEL AGENTE PERUANO y tuvieron que correr entre la embajada peruana y el Palacio de justicia de La Haya para corregir la metida de pata. Además, los propios peruanos ponen en evidencia las mentiras de su gobierno ("la demanda fue publicada por el tribunal") para justificar su metida de pata al publicar los fundamentos de la memoria, que podría violar las reglas del juicio (algo que Chile está analizando).
Cuando el diario “El Mercurio” preguntó al canciller García Belaunde si se había violado la confidencialidad del procedimiento escrito del juicio en La Haya, con la publicación de un suplemento oficial en un diario local, respondió : “Tan tontos no somos”.Conforme al reglamento de la Corte el procedimiento escrito es confidencial. Más allá de si la publicación del suplemento la violó o no, fue un hecho mal ejecutado que ha generado una situación incómoda para la defensa peruana. La diplomacia pública, indispensable en la materia, no requiere el sello oficial de la Cancillería. Los documentos contenidos en el suplemento, independientemente que se hayan publicado miles de veces antes del juicio, una vez que forman parte de la demanda, la memoria u otros recursos, pasan a ser piezas del proceso. Llama la atención, por otro lado, la selección de los documentos publicados: el Decreto 781 no sustenta precisamente la posición peruana y será, por el contrario, aunque equivocadamente, utilizado por Chile para sostener sus tesis.
Es onerosa la exhibición de un nuevo acto de falta de prolijidad por parte del gobierno en el proceso. El anterior, su antecedente inmediato, fue cuando se presentó la demanda sin la firma certificada del agente, gazapo que dio lugar a correrías inapropiadas, entre el Palacio de La Paz, sede de la Corte, y el local de la embajada del Perú, para subsanar el error.
Pero hay otras cosas que preocupan seriamente. El canciller, al sustentar que la publicación oficial del suplemento no violaba la confidencialidad, argumentó que los textos del suplemento ya habían sido publicados con anterioridad, sin percibir que ello es irrelevante para el caso, pues la confidencialidad no se refiere a textos ni argumentos inéditos, sino a las piezas del proceso. Se refirió, además, con mucho énfasis, a lo que exhibió como una prueba contundente: el hecho que la propia Corte habría publicado la demanda en su página web.
Lo dijo con enorme certeza, aunque lo único cierto es que esa afirmación no es cierta.
La Corte no ha publicado la demanda, ni ninguna pieza del procedimiento escrito, ni siquiera sus ordenanzas procesales. Sólo se ha limitado a publicar sendas notas de prensa, conforme a la práctica y las normas de procedimiento.
Estas ligerezas e inconsistencias, por llamarlas con el lenguaje más cuidadoso y responsable, preocupan y siembran fundadas dudas. En un asunto de tanta trascendencia nacional no deberían existir estos errores. Para ganar el juicio, he señalado, no basta con tener sólidos argumentos jurídicos. El Perú los tiene y yo mismo con esfuerzo y dedicación he contribuido a construirlos y desarrollarlos.
Estas ligerezas pueden ser el anuncio, ojalá que no, de una defensa errática o inconsistente. Una junta de ex cancilleres que contribuya a evitar esta no deseada hipótesis ya no es sólo necesaria, es indispensable.
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Nota: El chascarro peruano me hace imaginar a los diplomáticos peruanos corriendo como Benny Hill por las calle holandesas.


